Desde el municipio de Morón informaron que el 27 de febrero pasado la Justicia Municipal de Faltas de Morón dictó una medida preventiva a favor de un jubilado para que una empresa de medicina prepaga refacture a través del Índice de Variación Salarial.
Según indicaron el principal motivo del fallo es para evitar la imposición de aumentos arbitrarios y desmedidos de un servicio vital para la salud de las personas.
El fallo lleva la firma del Juez a cargo del Juzgado de Faltas 1, doctor Enrique Louteiro, y ordena a la empresa Organización De Servicios Directos Empresarios (OSDE) que garantice el servicio a una persona adulta mayor.
Al mismo tiempo, estableció que se deje sin efecto los incrementos anunciados por la empresa para enero, febrero y marzo. De esta manera, la facturación deberá quedar establecida mensualmente de acuerdo a la Variación de un Índice Salarial denominado RIPTE.
La medida preventiva se dictó en función del art. 4 de la Ley de Medicina Prepaga, la Ley Nacional de Defensa del Consumidor 24.240 y las previsiones de Ley 13.133 (Código Provincial de Usuarios y Consumidores) ante una presentación realizada ante la Dirección de Defensa de Usuarios y Consumidores municipal.
El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/ 2023 dictado por el Ejecutivo Nacional facultó a las empresas de medicina prepaga a fijar incrementos en su servicio. Y en dos meses el servicio escaló un 87 por ciento, según el cálculo realizado por la Justicia de Faltas de Morón respecto del usuario.
En caso de necesitar asesoramiento, los vecinos del distrito se pueden comunicar a la Dirección de Defensa del Usuario y el Consumidor por correo a defensadelconsumidor@moron.gob.ar, al teléfono 60788046 y por WhatsApp al 1131565691.